A raiz de la decision tomada por la Comision Europea y confirmada recientemente en primera instancia por la Corte de Primera Instancia de la Comunidad Europea 1 , que obliga a Microsoft a revelar a sus competidores informacion que la empresa considera como cobijada por los derechos de propiedad industrial, como el remedio para mantener la competencia en el mercado, nos preguntamos como ha reaccionado nuestra autoridad antimonopolio en asuntos que involucran derechos de propiedad industrial y si seria factible una decision de ese tipo. Incluso, si como consecuencia de la infraccion a las normas que regulan la libre competencia, la autoridad competente, puede obligar al infractor a desprenderse de los derechos exclusivos que otorgan los bienes de propiedad industrial. Las investigaciones que se desarrollan en torno a los comportamientos competitivos de los agentes en el mercado, no son solo sancionatorios, sino correctivos del comportamiento, ademas del de los investigados, de los demas agentes en el mercado por los efectos disuasivos que las sanciones pueden tener. Las autoridades que defiende el derecho a un mercado libre de interferencias tienen el poder de imponer parametros de comportamientos a los agentes en los mercados, de tal manera que puede cambiar las costumbres comerciales y la forma de hacer negocios. Al constituirse en un limite a las libertades economicas, las decisiones de las autoridades administrativas o jurisdiccionales dan color a las muchas veces tenue linea divisoria entre competir dentro de la ley y restringir la competencia. En este orden de ideas, antecedentes como el establecido por la autoridad europea, marcan el derrotero que deben seguir los competidores de ese mercado en sus