La pregunta por la licitud o ilicitud del conocimiento allegado -o por allegar- al proceso penal implica definir cuales son las actuaciones de las autoridades publicas que desbordan un ambito de actuacion previamente autorizado y cuales son las consecuencias de estas conductas para el proceso. En materia probatoria, aquel conocimiento obtenido de manera ilicita o que por medio de su valoracion atenta contra los derechos de las personas sometidas a un proceso penal ha tenido una interpretacion del juez constitucional que ha variado en el tiempo a partir de la Constitucion colombiana de 1991, en la cual se consagro expresamente la nulidad de pleno derecho de aquella prueba obtenida por fuera del debido proceso. El presente escrito tiene como objetivo describir las interpretaciones que ha desarrollado la Corte Constitucional acerca del enunciado constitucional que contiene un mandato de exclusion de aquellas pruebas obtenidas por fuera del debido proceso (art. 29), para luego analizar cual ha sido el fundamento definido por el Tribunal Constitucional y preguntarse por la pertinencia de estas interpretaciones respecto al ordenamiento juridico. Tambien busca mencionar las dificultades de incluir las llamadas excepciones a la regla de exclusion en el ordenamiento juridico procesal, en vista de los efectos inconstitucionales que estas ocasionan. Por ultimo, se enuncia una propuesta de fundamentacion del modelo de exclusion de la prueba ilicita, acorde con el programa constitucional para el proceso penal.
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Legal processes and jurisprudence
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas