El derecho romano tardio encontro cinco fuentes de las obligaciones (contrato o acto juridico, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos y ley), que, al menos en teoria, indicaban por que un sujeto estaba en la carga juridica de actuar (o abstenerse de hacerlo) para proporcionar a otro una ventaja de su interes con el respaldo del sistema juridico. Pero ese solido dogma, que a todos daba la impresion de ser la culminacion del analisis cientifico, no resistio el debate, ni se adapto a los desarrollos culturales y sociales y todo estudioso moderno del derecho esta necesariamente descontento con esas fuentes. El autor pretende encontrar la estructura juridica esencial comun al origen de aquellas obligaciones, que no provienen de la voluntad de los sujetos o de la imposicion directa de la ley para, de ser posible, establecer un regimen juridico unico que cobije todas las figuras que hoy denominamos responsabilidad. Propone, entonces, desplazar el foco de atencion del problema, dejando de lado la conducta como elemento esencial de la responsabilidad para detenerse principalmente en el dano o la afectacion del interes del sujeto de derecho y generalizar el tema con sustento en el mas elemental e indiscutible axioma de la organizacion social: si la sociedad es un mecanismo que protege al individuo y promueve su bienestar, todo dano es por principio ilegitimo y debe ser reparado -indemnizado- por quien pueda tomarse como agente del mismo -sujeto o elemento responsable-. Los danos pueden ser el producto de actuaciones de sujetos, pero tambien de elementos materiales o inmateriales que integran el entorno juridico del individuo, o sea su orbita de interes (su patrimonio, las personas bajo su custodia y las cargas sociales que le son propias), de modo que podemos plantear el concepto de una interferencia lesiva entre estas orbitas de interes y de inmediato fluyen los elementos de la teoria: cuando se produce una lesion en algun elemento de la orbita de interes de un sujeto de derecho, por la interferencia con un elemento de otra orbita de interes, hay lugar a resarcimiento, a menos que se trate de una lesion legitima. Esa legitimidad esta dada por la ley, la voluntad del afectado, o el alea o el acaso mas puro.
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Comparative International Legal Studies
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FuenteDOAJ (DOAJ: Directory of Open Access Journals)