Advertimos al iniciar este trabajo, que en Colombia la posicion doctrinal y jurispru dencial es erratica, en materia de arbitraje ad hoc, en la medida en que hay decisiones con tradictorias en cuanto a la libertad de las partes para determinar el procedimiento en el pacto arbitral. Asi, a pesar de que la Corte Constitucional declaro exequibles las normas concernientes a esta libertad, la Seccion Tercera del Consejo de Estado, en la Sentencia 21041, al analizar la validez de la clausula compromisoria involucrada en el caso concre to, desconocio la autonomia de las partes para determinar en el pacto arbitral el proce dimiento aplicable, por cuanto, en su opinion, las partes no podian derogar las normas del Decreto 2279 de 1989, las cuales consideraron normas de orden publico y por ende tampoco podian pactar un arbitramento institucional, sino uno legal.
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International Arbitration and Investment Law
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FuenteRevista Análisis Internacional (Cesada a partir de 2015)