El presente articulo se propone suministrar algunas razones para diferenciar entre una potestad de modulacion punitiva y los principios juridicos a fin de evitar un tratamiento errado entre conceptos estructural y metodologicamente disimiles. Para el desarrollo del proposito se aborda una idea basica de principios juridicos, se senala su naturaleza y funciones y luego se hace un paralelo con el mal llamado, segun propuesta del autor, principio de oportunidad. Resultado del articulo es la necesidad de senalar, bajo una dogmatica principialistica, que el principio de oportunidad no es un principio juridico sino una potestad politica frente a la cual se deben fortalecer las herramientas juridicas (metodologia juridica) para evitar su aplicacion en contra del derecho.