Es preciso advertir la insuficiencia del concepto clasico de contrato para reconocer las complejas relaciones juridicas en las que se encuentra inmerso el consumidor en la actualidad y posibilitar el desarrollo de un concepto de contrato que entienda la voluntad como un elemento necesario mas no suficiente para la creacion de normas juridicas contractuales particulares y concretas. Sostiene el profesor Duque Perez que debe sumarse a la condicion necesaria del acuerdo de voluntades, la adecuada satisfaccion de necesidades como condicion suficiente para el nacimiento de la fuerza vinculante del contrato. Se afirma que es la suma de estas dos condiciones la que constituye el supuesto normativo que habra de realizarse para el perfeccionamiento del contrato y la consecuente creacion de normas particulares y concretas cuya fuente formal sea este. De esa manera se otorga a los jueces, a traves de un nuevo concepto de contrato, precisos instrumentos que permitan controlar el contendido de los contratos contentivos de clausulas predispuestas abusivas cuyos destinatarios sean los “consumidores”.
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Comparative International Legal Studies
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FuenteRevista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas