Por norma general, los estados gozan de inmunidad de jurisdiccion ante los tribunales de un Estado extranjero. No obstante, la costumbre internacional contemporanea ha demostrado que esta regla no es absoluta puesto que tiene importantes excepciones, particularmente cuando el Estado se comporta como cualquier otro individuo, al establecer relaciones comerciales, contratar trabajadores en otro Estado o generar lesiones o danos por los cuales deba responder extracontractualmente. Este articulo presenta una introduccion general a esta institucion del derecho internacional publico, explicando el contenido y alcances de la Convencion que en el seno de las Naciones Unidas fue aprobada sobre el tema en el 2004 y analizando esta proteccion soberana a la luz de las normas y la jurisprudencia colombiana. En la conclusion se plantea la necesidad de que Colombia armonice su practica con los estandares internacionales sobre la materia y se sugieren unos escenarios para el transito de una aplicacion absoluta a una relativa de las inmunidades soberanas
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Comparative International Legal Studies
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FuenteInternational Law: Revista Colombiana de Derecho Internacional