Los crimenes de lesa humanidad conforman una de las categorias de delitos definidas directamente por el derecho internacional que pueden generar responsabilidad penal sobre la base de las propias reglas del ordenamiento juridico internacional. Conductas “base”, que son en realidad delitos comunes, al ser cometidas en el marco de un contexto determinado (“como parte de un ataque generalizado y sistematico dirigido contra cualquier poblacion civil y con conocimiento de dicho ataque”), pasan a la categoria “superior” de crimenes de lesa humanidad. Todos los delitos atentan “contra la humanidad”, porque ningun delito es aceptado por el hombre o por la comunidad, es la razon para que se tipifiquen las conductas. Pero hay ciertos delitos que, al ser cometidos como parte de un plan mayor, por parte de ciertos agentes determinados y contra ciertas personas determinadas, adquieren el nivel de crimenes contra toda la humanidad. Es toda la humanidad la que se ve damnificada, aunque el acto en cuestion sea contra una sola persona.