La presente investigacion, pretende demostrar, en el regimen constitucional colombiano, la armonia entre la descentralizacion y el Estado unitario.Corresponde a la ley una delimitacion expresa de las facultades de las entidades descentralizadas, y como ensena la Corte Constitucional (sentencia C-478/92):“… De lo que se trata es de armonizar los distintos intereses y nosimplemente de delimitarlos y separarlos…”. “…Las competenciasque se ejercen en los distintos niveles territoriales no sonexcluyentes…”.Lo anterior no implica fraccionamiento de la soberania por ser esta unitiva e indivisible (ROUSSAU, Corte Constitucional, sentencia C-539/95). La descentralizacion es una. Es impropio hablar de grados o generaciones de la misma, o confundirla con la desconcentracion (articulo 209 CP), la cual es una linea intermedia entre la centralizacion y la descentralizacion, figura que en la practica predomina en Colombia.Se concluye que una recta aplicacion de la descentralizacion, contribuye a la paz social.