Las entidades de gestion colectiva son organizaciones de intermediacion en el mercado de los derechos de propiedad intelectual, bajo el principio de autogestion. Tienen un sustrato personal, compuesto por todos y cada uno de sus mandantes o cesionarios –por lo general una cesion fiduciaria- titulares de derecho de autor y de derechos conexos y un sustrato real que son los bienes de naturaleza incorporal que constituyen el repertorio de obras, interpretaciones y producciones sometidas a la administracion de la entidad. Su naturaleza juridica es de asociaciones civiles sin fines de lucro y las funciones son: vigilar las explotaciones de obras y prestaciones, negociar con los usuarios, emitir licencias bajo remuneracion, recaudar y distribuir los derechos derivados de tales explotaciones