Si bien la Ley 100 de 1993 reconocio como exceptuado el regimen de salud del magisterio oficial, para preservar derechos adquiridos y expectativas legitimas, la practica ha evidenciado vacios normativos sobre los minimos de cobertura de servicios medico-asistenciales y financiacion del sistema, que afectan la proteccion en salud de los afiliados. La Corte Constitucional ha exhortado insistentemente al Congreso sobre la expedicion de la regulacion ausente, sin lograr resultado, por lo cual, la misma Corte adopto un papel regulador mediante su jurisprudencia, extendiendo analogicamente la base normativa y los beneficios del regimen general, con el fin de proteger los derechos fundamentales de sus afiliados.