El derecho de no autoincriminacion tradicionalmente ha sido circunscrito al campo penal. La Corte Constitucional colombiana se muestra acorde con dicha postura, sin embargo, esta garantia constitucional puede extenderse validamente a otras areas diferentes, partiendo de una directiva argumentativa que amplia el margen de apreciacion de este derecho como lo es el tan reconocido principio pro personae propugnado por los sistemas juridicos internacionales. Asi lo que pretende el presente articulo es mostrar la oscilante postura de la Corte Constitucional en este punto y proponer el principio pro personae como un argumento para extender la menciondad garantia en areas diferentes del derecho penal.