La proporcionalidad ha tenido una gran incidencia en todos los ambitos del derecho frances, y el de las garantias no es la excepcion. Uno de los principales objetivos que se persiguen con la proporcionalidad en esta materia es el de proteger al garante personal contra el posible riesgo de sobreendeudamiento que la constitucion de una garantia excesiva podria ocasionarle. Actualmente, la exigencia de proporcionalidad cobija al derecho comun de la fianza, aunque su origen se remonta al derecho del consumidor. A pesar de que la finalidad de proteccion que inspira la exigencia de proporcionalidad resulta legitima en si misma, y pueda justificar su generalizacion, su aplicacion es criticable en la medida en que menoscabe de manera injustificada los intereses del acreedor, tal y como parece ser el sistema consagrado hoy en dia por el legislador. Por ello, resulta comprensible que la doctrina mayoritaria se interrogue a proposito de la pertinencia de retornar al sistema jurisprudencial que dio origen a la aplicacion de la proporcionalidad en el derecho comun de la fianza, en el cual parecia haberse logrado el equilibrio anhelado entre la proteccion de los intereses del acreedor y los del fiador.
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Comparative International Legal Studies
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FuenteDOAJ (DOAJ: Directory of Open Access Journals)