Una de las grandes preocupaciones del Derecho Procesal ha sido el tratamiento que debe darsele a la institucion de las nulidades en el ambito del proceso cuando quiera que estas afectan de manera particular los diversos actos que en el curso de la actuacion se ventilan. De esa situacion no es ajena la prueba, dado que constituye el acto de mayor importancia en la actuacion, de tal manera que requiere una particular atencion la forma en que se regula el tema de la nulidad y el efecto procesal que le sigue a dichas irregularidades. Este ultimo aspecto, en nuestro sistema juridico colombiano adquirio particular interes, con.la incorporacion del inciso final en el articulo 29, pilar fundamental del debido proceso y por ello se busca realizar analisis, para verificar la forma en que opera el mecanismo de exclusion tanto para el caso de las pruebas principales afectadas de nulidad, como tambien de aquellas pruebas derivadas de la principal, que devienen en ilicitas.