Ningún suceso jurídico ha transformado tanto la idea que tenemos en nuestro ordenamiento sobre la Constitución como lo ha hecho el bloque de constitucionalidad. Al emplear la expresión suceso jurídico aludo a las reformas constitucionales, a las interpretaciones de la Corte Constitucional y a las construcciones teóricas hechas por la doctrina. Ninguna de ellas, decía, ha producido un cambio tan hondo y tan significativo en nuestra comprensión sobre la naturaleza de la Constitución como el que provocó la sentencia C-225 de 1995.