La mitigación de daños ante el incumplimiento contractual se encuentra consagrada como un derecho en el Código de Comercio ecuatoriano. Esta caracterización implica una limitación considerable al no disuadir al acreedor afectado de adoptar una actitud pasiva que exacerbe las pérdidas en lugar de aminorarlas. En ese sentido, a través de este estudio se analizó el tratamiento que recibe la mitigación de daños en el marco jurídico ecuatoriano con el objetivo de determinar la pertinencia de la reforma parcial del artículo 347 del Código de Comercio. Para ello, se parte de un análisis de esta figura en el common law, por ser aquí donde más se ha desarrollado. Posteriormente, se aborda el tratamiento legal en Ecuador y las implicaciones jurídicas, económicas y morales que significa su implementación con el fin de asignar de manera más eficiente la carga de reducir los daños en el ámbito empresarial.