El Estado colombiano desde la Carta Política de 1991 generó un desarrollo normativo general, entre ello, impuso que las actuaciones de las entidades públicas tengan un apego a los fines y principios establecidos en el régimen constitucional, de ello, que se haya establecido la regla y carga de responsabilidad patrimonial de las entidades públicas por sus acciones y omisiones, donde generen un daño contra cualquier persona, sin que este tenga el deber jurídico de soportarlo; lo anterior como garantía y tranquilidad de las personas en la consecución de los bienes jurídicos tutelados por parte del sistema jurídico. En ese contexto, las reclamaciones y requerimientos judiciales y administrativos de las personas no fueron de esperar. La carga de responsabilidad del Estado es clara y desde la vigencia constitucional a la fecha han sido diferentes situaciones en las que los agentes públicos generaron afectaciones y perjuicios a las personas, de ello, que el sistema de responsabilidad del Estado sea un tema de gran desarrollo jurisprudencial. La carga judicial de las diferentes entidades públicas de los diferentes órdenes, es un asunto que no fue abordado de forma oportuna, generando el reconocimiento y pago de indemnizaciones por condenas judiciales o conciliaciones, que desencadenó en la creación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado como institución encargada de la protección y vigilancia de las reclamaciones judiciales, con el ánimo de tener una representación judicial efectiva del Estado y con ello evitar incidencias fiscales innecesarias o disminuirlas al máximo.