El artículo revisa la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha realizado del concepto de “pena inusitada” señalado en el texto del artículo 22 de la Constitución Política mexicana. El estudio tiene en cuenta la jurisprudencia de la Suprema Corte estadunidense sobre la prohibición de todo castigo cruel e inusual prevista en la VIII Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. El artículo muestra que la jurisprudencia mexicana ha mostrado dudas al delimitar el alcance de la expresión, para determinar si el concepto incluye o no a la prisión vitalicia. Se concluye que el criterio vigente requiere ser revisado, de acuerdo con los principios establecidos por la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011.
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Criminal Justice and Penology
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FuenteDIKÊ Revista de Investigación en Derecho, Criminología y Consultoría Jurídica