Con base en el incremento del uso del comercio virtual derivado del aislamiento preventivo causado por el COVID-19, el presente artículo de reflexión se propone hacer un estudio de los derechos del consumidor con relación a las conductas presuntamente engañosas que pudieron influir en su decisión de compra y la incidencia de estas frente a la migración del comercio a los actuales escenarios electrónicos, desde la perspectiva del derecho del consumidor. Para ello, se considerará la responsabilidad del productor o proveedor que emplea las redes sociales como medio de venta y difusión de sus productos y servicios, haciendo especial énfasis en el estudio de dicha publicidad en la época de pandemia, tiempo en el cual las redes se consolidaron como uno de los medios de mayor uso por ambos extremos contractuales para la enajenación y adquisición de productos.Para tales efectos, se hará un estudio de las sanciones emitidas en este lapso por la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC (entidad encargada de proteger los derechos de los consumidores), que, analizadas a la luz de lo establecido en el Estatuto del Consumidor y normas especiales para el ámbito de las redes sociales, permitirán establecer el nivel de publicidad engañosa presente en dicho contexto y la repercusión o impacto en los derechos consagrados en favor de los consumidores.