Este artículo defiende un giro en la concepción del derecho a la memoria. A partir de la recopilación de material documental en materia de derechos humanos (especialmente normas del ordenamiento jurídico colombiano y sentencias de tribunales internacionales de derechos humanos), y del tratamiento que algunos autores han ofrecido sobre el tema, se realiza un análisis teórico (ético-filosófico) y jurídico del concepto de memoria. Se aboga por un derecho a las memorias colectivas que, desde un enfoque hermenéutico, incluya la diversidad de relatos sobre las afectaciones que han sufrido las comunidades, en contraste con la pretensión, hasta ahora dominante, de una memoria histórica -oficial- que instituye una pretendida verdad por correspondencia con los hechos. Esta última, tiende a homogenizar y ocultar diferentes sentidos sobre el conflicto, que invisibiliza las versiones de algunos sectores de la sociedad o de ciertos grupos y comunidades, con lo que se corre el riesgo de quedar excluidos de los procesos de memoria. De esta manera, este nuevo enfoque permite avanzar en una concepción teórica y conceptual que, si bien ya ha sido tratada y desarrollada en algunas disciplinas de las ciencias humanas, está en mora de ser aplicada al estándar de los derechos humanos para potenciar las transiciones democráticas.