Este artículo se refiere a la articulación del control fiscal participativo y la democracia deliberativa, como una estrategia en la formación del ciudadano para su participación en la vigilancia de los recursos públicos, exponiendo la importancia de este sistema de control dentro de la democracia representativa de la Constitución de 1886 y la democracia participativa de 1991, y su relación con la vigilancia de los recursos públicos.
 La Contraloría General de la República ha dispuesto un nuevo diseño de control fiscal participativo que busca cualificar las intervenciones ciudadanas en la vigilancia de los recursos públicos, mediante instrumentos de diálogo y deliberación contenidos en la Resolución 049 de
 2019 y en el artículo 60 del Decreto 403 de 2020, que pueden ser de gran utilidad en la vigilancia de los recursos naturales donde existen derechos reconocidos y respecto de los cuales la comunidad o la ciudadanía en general tienen la facultad de intervenir y decidir.
 Sin embargo, la aplicación de este nuevo sistema de control participativo se da en una realidad social difícil por la coyuntura política imperante, la debilidad del sistema de pesos y contrapesos que deslegitima el papel de los órganos de control, lo que incrementa la apatía en la ciudadanía.
 En consecuencia, la tarea principal de los órganos de control e instituciones públicas, además de fortalecer los espacios de participación y diálogo social, debe orientarse a que sus labores misionales se cumplan acatando los fines esenciales del Estado y los principios fundantes de la Constitución Nacional.