La violencia generalizada del conflicto armado en Colombia ha generado que parte de los desplazados haya celebrado negocios jurídicos como la compraventa de bien inmueble en condiciones desfavorables y desventajosas. Con la reciente interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la fuerza como vicio del consentimiento y la consecuente imposibilidad de anular compraventas de bien inmuebles por este vicio en algunos casos; se vuelve necesario conocer si la figura de lesión enorme y restitución de tierras propia de la ley 1448 de 2011 acoge este supuesto de hecho. El objetivo de este artículo es establecer el medio procesal con mayor viabilidad para resarcir los daños con origen en compraventas de bienes inmuebles celebrados por razón de la violencia generalizada del conflicto armado interno, siendo el proceso de restitución de tierras el más viable frente a la imposibilidad de solicitar la nulidad del negocio jurídico por un vicio del consentimiento.
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Comparative International Legal Studies
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FuenteDerecho Global, Estudios sobre Derecho y Justicia