Migrar debe ser una opción. Ésta es la diferencia principal que recae en las personas denominadas simplemente como migrantes, quienes, en principio, salen de sus Estados de manera voluntaria respecto a las personas que huyen de sus Estados, bien sea por temores fundados, o bien por contextos de violaciones masivas de derechos humanos (conflictos armados, violencia organizada, entre otros). El Derecho Internacional ha reconocido esta última situación como de especial protección, otorgándoles a estas personas, la categoría de refugiados, lo que implica una asistencia especial por parte de los Estados receptores, como la no devolución o brindar las condiciones materiales mínimas para su subsistencia. Sin embargo, la situación no es del todo clara con respecto a las personas que se ven obligadas a huir de sus Estados con el objeto de salvaguardar su vida, debido a la privación de sus derechos humanos como consecuencia de las condiciones de pobreza y pobreza extrema.