La existencia de las perversiones femeninas era una realidad reconocida en los discursos psiquiátrico y jurídico alemanes en el siglo XIX, cuya diferencia con las perversiones masculinas era el estar exenta de consecuencias legales. Contrario a ello, Freud pensó la función de la perversión a propósito de lo que se pone en juego en el hombre y la mujer de cara a la presencia o ausencia del atributo fálico. En esto coincide Lacan, pese a que a nivel etiológico recurra a la lógica del no-todo para explicar por qué La (Tachado) mujer divide su ser entre su papel complementario en el fantasma masculino, afín con la perversión; y lo que como sujeto del inconsciente ella es del lado del no-todo fálico, en donde el goce Otro es algo contingente cuyos avatares hacen que una mujer sea por entero ajena a la perversión en cualquiera de sus modalidades.
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Psychological Treatments and Disorders
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FuenteRevista Affectio Societatis/Affectio Societatis