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La cuestión de la competencia para juzgar las conductas de los agentes del estado en el marco de la Jurisdicción Especial para la Paz

Acceso Abierto

Abstract:

Colombia ha vivido un conflicto armado de carácter no internacional que ha durado más de 60 años. El 4 de septiembre de 2012, durante el periodo presidencial de Juan Manuel Santos, se iniciaron las negociaciones de paz entre el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -Ejército del Pueblo (FARC-EP)-, con el objetivo de terminar el conflicto armado entre ambos actores. Los acuerdos culminaron el 26 de septiembre de 2016. Con ello surgieron cuestionamientos en los que se reclama la responsabilidad de los agentes del Estado. La cuestión en torno a dicha responsabilidad ha retumbado en las instancias internacionales competentes, como la Corte Penal Internacional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La recientemente creada Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es ahora la encargada de dirimir la posible activación del principio de complementariedad para evitar dilaciones en los procesos que involucren altos mandos del Estado y, así, cumplir lo dispuesto en el artículo 120 del Estatuto de Roma.

Tópico:

Conflict, Peace, and Violence in Colombia

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FuenteIus et Praxis
Cuartil año de publicaciónNo disponible
Volumen28
Issue3
Páginas22 - 40
pISSN0717-2877
ISSNNo disponible

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