La Ley 361 de 1997 tiene como fin la inclusión, integración y no discriminación en el empleo de las personas en razón de su discapacidad. Pero esta pareciera proteger sólo a trabajadores con pérdida de capacidad laboral igual o superior al 15%, al hablar de discapacidad severa, moderada y profunda. Guardando silencio frente aquellos no calificados. Por lo cual es importante establecer si es admisible que se haga exclusión de los beneficios de tales prerrogativas legales a estos últimos trabajadores, pese a que tienen condiciones de salud que le afectan su desempeño regular en el trabajo. Para resolver este interrogante analizamos la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia referente a la estabilidad laboral. A fin de identificar si existe justificación al hacer diferenciaciones en la protección de trabajadores que cuentan con dictamen y los que no. Así cómo determinar frente a qué circunstancias procede declarar ineficaz el despido.