Günther Jakobs plantea la existencia de dos derechos en el mundo de lo penal: un derecho penal común denominado derecho penal del ciudadano y un derecho penal del enemigo. Establece una diferenciación entre los ciudadanos que deben ser considerados como personas y los enemigos considerados como no personas. La negación o la privación de la condición de ciudadano o de persona son incompatibles con los principios de dignidad humana e igualdad establecidos en la Carta Política colombiana de 1991.
Tópico:
Criminal Justice and Penology
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FuenteZenodo (CERN European Organization for Nuclear Research)