ImpactU Versión 3.11.2 Última actualización: Interfaz de Usuario: 16/10/2025 Base de Datos: 29/08/2025 Hecho en Colombia
La naturaleza contra mayoritaria del derecho fundamental a la paz. El plebiscito y la implementación del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de la paz en Colombia
En Colombia formalmente se reconoce que los derechos fundamentales tienen raigambre normativa superior. En el caso del Acuerdo de Paz de 2016, firmado entre el Gobierno y el actual partido político Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común FARC, el mecanismo adoptado para su refrendación fue el plebiscito. En este artículo de investigación se sustenta que el Acuerdo Final, por su naturaleza político- jurídica vinculante, al repercutir sobre la materialización del derecho fundamental a la paz, no debió someterse a consulta de las mayorías a través del plebiscito del 02 de octubre de 2016. Metodológicamente se discute lo afirmado en la sentencia C 379 de 2016 en dos sentidos. Primero, en el Acuerdo Final se desarrollan derechos fundamentales que deben salvaguardarse; y segundo, la implementación o no del Acuerdo Final impacta sobre la materialización del mandato constitucional del Estado colombiano de garantizar la paz y su disfrute como derecho fundamental. Se concluye que resulta constitucionalmente inadmisible que se someta a la voluble voluntad popular la materialización del Acuerdo Final, mismo que encarna el mandato constitucional del Estado de garantizar el derecho fundamental a la paz.