ConclusionesLa recepción en Colombia de las ideas del francés León Duguit fue amplia e influyente, pero, sobre todo, fundamental en la transformación del derecho público, ocurrida en virtud de la reforma constitucional de 1936.Como se ha demostrado, el influjo del autor va más allá de la mera enunciación; a nivel local su teoría fue, aunque no exclusiva, sí determinante en la renovación del derecho público.Para llegar a tal fin se han expuesto argumentos que se resumen a continuación:Primero.El discurso "realista, positivista, social y antimetafísico" de León Duguit. 1 La construcción teórica de Duguit se fundó en consideraciones de colectivismo social e implicó la ruptura del modelo liberal clásico propio de la revolución francesa -basado en apreciaciones jurídicas y económicas individualistas-y la construcción del derecho público fundamentado en el interés general -gobernantes y gobernados con deberes en el conglomerado social-.Tal planteamiento llevó a reconsiderar nociones de la teoría del Estado y del derecho como la soberanía y los derechos subjetivos.De estos últimos negó su existencia y, con fundamento en esta negación, de contera, desconoció el carácter de derecho subjetivo de la propiedad privada a la que simplemente ubicó como una función dentro del contexto colectivo.A la soberanía la sustituyó por la noción de servicio público, es decir que en lo sucesivo lo servicios públicos fueron la columna básica en el papel de la administración pública: la administración en función de los servicios públicos,