Este artÃculo analiza cómo la aplicación en Colombia de la institución procesal âdetención preventivaâ limita el derecho fundamental a la libertad en aras de satisfacer fines constitucionalmente válidos, lo que supone una tensión entre estos. Como solución a este conflicto se acudirá a la jurisprudencia de la Corte Constitucional -sentencia C 469 de 2016- que desarrolla el principio de proporcionalidad. Se concluye que el fin constitucional de protección a la vÃctima y/o comunidad es el único que se puede considerar válido para imponer la medida, porque protege bienes en concreto y genera una verdadera colisión entre derechos fundamentales.