Este artículo analiza la jurisprudencia existente en España relacionada con la validez de la aplicación de diferentes procedimientos conocidos como detectores de mentiras y su aceptación en procesos judiciales. Se aborda la psicología del testimonio como un antecedente que valora la credibilidad de los declarantes, pero no la veracidad de su declaración. Se establece que estas pruebas son mayoritariamente solicitadas por el propio imputado para demostrar su inocencia con base en la credibilidad de su testimonio, pero sin aportar otro tipo de pruebas. El análisis muestra un rechazo al uso de estas herramientas en procesos judiciales, lo cual se explica porque falta mayor experimentación para obtener declaraciones auténticas y se desconocen estos procesos. Para ello, estos métodos siempre deben respaldarse por otro tipo de pruebas válidas.
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Deception detection and forensic psychology
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FuenteRevista Científica General José María Córdova