El presente artículo problematiza los criterios desde los cuales resulta procedente la protección de derechos colectivos por medio del mecanismo judicial de la acción de tutela. La identificación del contexto en el que se realizó el estudio se dio a partir de un análisis jurisprudencial desde el año 1998 hasta el 2015. Se identifica la adecuación de los criterios base que utilizan los jueces constitucionales para darle procedencia a la acción de tutela como mecanismo judicial efectivo en la protección de derechos fundamentales. Se presenta un análisis respecto a la teleología de la Ley 472 de 1998, respecto a su alcance y desarrollo; y se describen los criterios de procedibilidad con base en el de sentencias de la Corte Constitucional, a partir del análisis de hechos, decisión y conclusiones