A través de este artículo, el autor desarrolla las problemáticas en la aplicación de la Decisión 578 en los pronunciamientos de SUNAT y llega a la conclusión de que existe una necesidad de explorar y darle mayor contenido a la relación existente entre el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina y la Decisión 578, pues ésta suele revisarse esta de manera aislada y verla como “un convenio más” para evitar la doble imposición.