En nuestro ordenamiento jurídico, la minería ilegal se ha presentado como una de los flagelos ambientales, sociales y económicas de mayor relevancia por la comercialización del oro. Dentro de las consecuencias lineales de la práctica de esta actividad se analiza la vulneración de toda clase de derechos, individuales y colectivos establecidos en la constitución política de Colombia, cuya protección por parte del Estado se pone en entre dicho especialmente en San Francisco de Icho, en el municipio de Quibdó-departamento del Chocó, surgiendo la necesidad de realizar un análisis normativo y práctico que describa qué es lo que pasa con dichas afectaciones y que derechos tienen los sujetos pasivos en cuanto a una efectiva reparación por parte del Estado.
 Analizar al Estado colombiano como patrimonialmente responsable de los daños y consecuencias, que se causen al medio ambiente en el ejercicio de la minería ilegal o legal, es un paso transcendental a una verdadera posibilidad de resarcimiento para quienes han visto vulnerados sus derechos por el ejercicio de la extracción de esta actividad, permitiendo la función
 de las sanciones administrativas en materia ambiental de forma preventiva, correctiva y compensatoria para garantizar la efectividad de los principios y objetivos de la Constitución, los tratados internacionales, la ley y el reglamento. Las medidas preventivas tienen como función “prevenir, impedir o evitar la continuación de la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atenta con el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana.
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Comparative International Legal Studies
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FuenteUnaciencia - Revista De Estudios E Investigaciones