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Autor

La carga de establecer las exclusiones del contrato de seguro en la primera página de la póliza

Acceso Abierto
ID Minciencias: ART-0001353295-24
Ranking: ART-ART_D

Abstract:

En el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF) y en otros instrumentos se establece que “las exclusiones deben figurar en la primera página de la póliza” “so pena de ineficacia de la estipulación respectiva”. En este artículo analizo qué debe entenderse por póliza, cuáles son las exclusiones que deben figurar en su primera página, y qué sucede con las que no cumplen este requisito. Para dar respuesta a estas preguntas reviso la Circular Básica Jurídica que desarrolla el EOSF, la doctrina sobre la contratación mediante condiciones negociales generales, y los antecedentes legislativos de las normas analizadas. Concluyo que la regla del EOSF está regulando las condiciones negociales generales o clausulado del contrato de seguro y que consecuentemente aplica únicamente a las exclusiones generales, pudiendo las partes acordar exclusiones particulares cuya eficacia no está condicionada a ninguna formalidad.

Tópico:

Comparative International Legal Studies

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Información de la Fuente:

FuenteRevista Ibero-Latinoamericana De Seguros
Cuartil año de publicaciónNo disponible
Volumen29
Issue53
PáginasNo disponible
pISSNNo disponible
ISSN0123-1154

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