Los daños corporales han sido objeto recientemente de una amplia discusión jurídica, sin que ninguna iniciativa legislativa haya mediado en la organización de los sistemas de indemnización de este tipo de perjuicios. En Colombia, la Altas Cortes han instituido una clasificación propia que incluye subcategorías para cada tipo de perjuicio. En Francia, la nomenclatura Dintilhac unificó los criterios de indemnización, la cual se hizo efectiva a través de unos Acuerdos entre Aseguradores para la Indemnización de Perjuicios Corporales. En el presente artículo daremos cuenta de estas evoluciones en ambos países, de los conceptos transversales de la indemnización de los perjuicios corporales y de las perspectivas de evolución en la materia.