La globalización, los avances tecnológicos y, en general, el dinamismo que ha tomado la economía y los diferentes productos comerciales han inducido a que el consumismo y capitalismo crezcan cada día más, presentando la necesidad de que esto se vea regulado por parte del Estado. En Colombia, la regulación inició desde 1982 mediante el Decreto 3466 y se ha reforzado mediante el Artículo 78 de la Constitución Política de 1991 y a Ley 1480 de 2011, en las cuales se ha fortalecido la protección al consumidor exigiéndole a las empresas productoras y comercializadoras que brinde información clara y concisa sobre la calidad, el precio, la idoneidad, además, de los riesgos que puedan tener estos productos y servicios al consumirlos, manipularlos o hacer uso de ellos. Aunque actualmente rige la Ley 1480 de 2011, con el soporte constitucional en el artículo 78 de la Carta Magna, se han presentado diferentes inconformidades e inquietudes sobre estas regulaciones que han provocado que la Corte Constitucional se pronuncie para dar claridad y establecer criterios para que diferentes jueces actúen de la misma manera. Mediante este trabajo, los autores buscan determinar cuál ha sido la posición de la Corte Constitucional sobre la afectación y protección del derecho a la salud por falta de información en productos comerciales, realizando una línea jurisprudencial sobre dichos pronunciamientos, según la metodología presentada por el doctor Diego Eduardo López Medina.