Las falencias en la aplicación de la figura jurídica de los convenios de asociación bajo la normatividad de los decretos 777 y 1403 de 1992, evidenciadas a través del análisis teórico-práctico, mostraron un impacto negativo en la aplicación de los convenios. Ello evidenció la necesidad de una nueva reglamentación que, de manera real y efectiva, armonizara esta tipología con el Estatuto General de la Contratación Pública y la aplicación de los principios que la rigen, en especial los de transparencia y selección objetiva, desconocidos y violentados de manera reiterada con el uso indebido y exagerado de esta figura exceptiva, a fin de obviar mecanismos de selección contemplados en la ley contractual.