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FEMINICIDIO: ¿UN CASO MÁS DE POPULISMO PUNITIVO?

Acceso Abierto

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El feminicidio, es un tipo penal consagrado en la Ley 1761 de 2015, cuyo propósito es el de sancionar las muertes de mujeres por motivos de género. La promulgación de esta Ley, obedeció a la necesidad de crear mecanismos que protegieran a las mujeres, que estaban siendo asesinadas simplemente por el hecho de pertenecer al género femenino. No obstante, en algunos sectores de la doctrina, nacional e internacional, ven esta figura como un caso más de populismo punitivo, puesto que, manifiestan que no era necesario crear un tipo penal autónomo, ya que existía como agravante del homicidio, dentro de la legislación interna. En vista de ello, el objetivo general de este artículo es explicar por qué el tipo penal del feminicidio no es un caso de populismo punitivo; esto se logrará evidenciando los avances de la legislación penal colombiana en cuanto a la sanción y tratamiento de temas concernientes a la violencia basada en género, asimismo identificar las causas que ocasionan el delito de feminicidio para denotar su importancia dentro de la legislación, para demostrar que no se está frente a otro caso más de populismo punitivo.

Tópico:

Criminal Justice and Penology

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Información de la Fuente:

FuenteDerectum
Cuartil año de publicaciónNo disponible
Volumen4
Issue2
Páginas59 - 78
pISSNNo disponible
ISSN2538-9505

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