ImpactU Versión 3.11.2 Última actualización: Interfaz de Usuario: 16/10/2025 Base de Datos: 29/08/2025 Hecho en Colombia
El Derecho a la reparación de miembros de la Fuerza Pública como víctimas del Conflicto Armado Interno colombiano: La necesidad de un derecho victimal incluyente.
La Corte Constitucional en Sentencia C-161 de 2016 determinó que es constitucionalmente aceptable el tratamiento diferenciado sobre el derecho a la reparación a los miembros de la fuerza pública como víctimas del conflicto armado. Con este fallo, se consolida es la dimensión victimo- dogmática penal que impera en todas las instituciones jurídicas sobre los miembros de la fuerza pública, tanto en el Derecho Internacional como en la legislación interna (Ley 1448 de 2011) al afirmar que no son susceptibles del mismo tratamiento de reparación por ser considerados actores bélicos, y que son solo aceptables las reparaciones emanadas por violación al Derecho Internacional Humanitario en el marco de su tratamiento especial. En efecto, se hace necesario estudiar el concepto genérico de victima desde el enfoque del Derecho Victima, como proponente necesario para humanizar el ejercicio legítimo de aquellos que protegen las instituciones democráticas y conservan el monopolio de las armas, por medio de un marco legal de carácter especial para la reparación integral de todos los miembros de la fuerza pública equivalente a las víctimas civiles.