Lejos de ser una simple manifestación unilateral del poder, el ejercicio de la potestad reglamentaria se encuentra hoy día condicionado por la participación directa del público, hasta el punto que los deberes de informar el proyecto reglamentario y de tratar los comentarios que hagan los interesados, se erigen en requisitos substanciales para la toma de la decisión reglamentaria. En este contexto, el procedimiento administrativo aparece como el escenario en el que concurren tanto el deber de información, como la garantía participativa de los administrados. Ahora bien, solo bajo ciertos supuestos el procedimiento de información y recepción de comentarios permite satisfacer las exigencias derivadas de un conjunto de principios que se relacionan bajo el término de buena administración, siendo esta última fundamento, fin y límite de la procedimentalización de esta participación ciudadana. Mediante un ejercicio comparativo, la presente investigación pretende identificar cuáles son dichos supuestos, así como el alcance y contenido de este deber, cuya vulneración puede implicar la nulidad del acto reglamentario por expedición irregular.
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Comparative constitutional jurisprudence studies
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FuenteA&C - Revista de Direito Administrativoe & Constitucional