El presente artículo tiene como finalidad analizar la problemática que existe, debido a las posturas asumidas tanto por la Corte Constitucional, como del Consejo de Estado, en lo referente a la desvinculación de aquellas personas que han sido nombradas en provisionalidad en cargos de carrera administrativa, lo cual ha conllevado a la ocurrencia de los denominados choque de trenes, que tiene como consecuencia última, una muestras más de inestabilidad jurídica en nuestro país. En razón a lo anterior, es necesario en primer lugar, revisar la normatividad vigente, aplicable a los Servidores públicos de carrera administrativa, así como a los nombrados en provisionalidad, con el fin de obtener claridad frente a las decisiones que vayan a ser adoptadas por parte del nominador y cuáles son las herramientas jurídicas que permitan una adecuada defensa a quienes pretenden reclamar sus intereses. De la misma manera, es importante determinar la naturaleza del acto administrativo y bajo qué parámetros debe expedirse, sin que vulnere los derechos de los empleados u ocasione perjuicios en la estabilidad laboral de los mismos. Es por ello, que debe existir paridad entre los diversos criterios sentados en la Jurisprudencia, no sólo de la Corte Constitucional, sino también del Consejo de Estado, toda vez que si hay uniformidad en las decisiones de estas dos corporaciones, le será más fácil a los jueces establecer una posición al respecto.