Siendo la privación de la libertad en los centros penitenciarios y carcelarios un Estadode Cosas Inconstitucional, tal como lo ha calificado en varias ocasiones la CorteConstitucional, la privación permanente de la libertad en las estaciones de policía yUnidades de Reacción Inmediata supone una vulneración agravada de las garantíasesenciales de las personas privadas de la libertad. Es por ello que el presente artículotiene como objeto no solo la realización de un control de constitucionalidad de lasituación que se presenta hoy en día en dichos lugares, sino que además se exponenalgunas alternativas que se considera deben ser desarrolladas con el fin de superar lacrisis a la que nos ha llevado una política criminal de maximización del derecho penal