espanolResumen Las entidades publicas sujetas al derecho privado han visto como la jurisprudencia de la Seccion Tercera del Consejo de Estado, con la que se ha limitado la posibilidad de pactar, imponer y cobrar multas contractuales, esta obstaculizandoles el cumplimiento de su gestion en este campo. El presente articulo recoge las diversas posiciones que sobre la materia ha sostenido el Consejo de Estado, y luego de un analisis de derecho comparado se determina la naturaleza de las multas contractuales y clausulas penales de apremio en los diversos sistemas juridicos y en nuestro ordenamiento. Lo anterior con el fin de que las entidades del Estado sometidas al derecho privado tengan claridad sobre como aplicar estas facultades. EnglishSummary The pact, imposition and collection of contractual fines by public entities subject to private law has been limited by the jurisprudence of the Third Section of the Council of State, which hinders the contractual management of these entities. This article sets out the various positions that the Council of State has held on this matter, and then, through an analysis of comparative law, determines the nature of the contractual fines and penal clauses in the various Legal systems and our legal system. This gives clarity on the possibility of agreeing, imposing and collecting fines on the part of State entities subject to private law.