RESUMENLa elaboración de este artículo tiene como objetivo que los estudiantes del derecho, los operadores jurídicos, medios de comunicación y la sociedad en general, tengan una visión simplificada del sistema de audiencias empleado en el proceso penal acusatorio en México, que permita conocerlo y socializarse con las transformaciones emanadas, en aras de fomentar la cultura jurídica de cualquier ciudadano.La evolución integral que se suscitó en el proceso penal de corte mixto con tendencia inquisitiva, a uno mixto con tendencia acusatoria, entró formalmente en vigencia total en todo el país en el año 2016; sin embargo, desde el año 2008, algunas entidades de la República como Chihuahua y Oaxaca iniciaron su operatividad; lo que ha traído, sin lugar a dudas, un cúmulo de interrogantes e incluso desconfianza por el desconocimiento que se tiene del mismo y la exigencia de resultados inmediatos a un sistema que se ofertó como panacea de las prácticas arraigadas en el anquilosado sistema tradicional y que en sus inicios causó revuelos nada favorecedores al conocerse los fallos de sus primeras audiencias como en el caso Rubí (2009), por citar solo un ejemplo, que cimbró las dudas respecto a la decisión de afrontar un nuevo sistema y la