Dentro de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y la teoría del negocio jurídico encontramos, en su orden, la conciliación y la transacción, figuras que aunque tienen diferencias entre sí, buscan en común resolver conflictos evitando que los ciudadanos tengan que acceder a la jurisdicción. En ambas instituciones, las partes tienen que ceder en sus derechos para poder llegar a un acuerdo pacífico, de lo contrario sería casi imposible que estas figuras fueran utilizadas. De todas maneras, los doctrinantes tienen distintos puntos de vista sobre el tema, tanto así que unos tratan de asimilarlas mientras otros acentúan sus grandes diferencias, pero eso sí, puntualizando el realce que estas instituciones tienen en nuestro medio.