El presente artículo tiene como objetivo mostrar al lector cómo ha sido concebida la Ley 1616 de 2013 en el marco de las experiencias de tres países latinoamericanos (Argentina, Brasil y Chile). En 1990 la OPS/OMS hace una revisión crítica y nota que el proceso de internalización, institucionalización y custodia en psiquiátricos no es descentralizado, participativo, integral, continuo y preventivo. De allí que la salud mental bajo un enfoque comunitario estructure una nueva concepción de los servicios, lo que implica el desarrollo y ejecución de programas para un grupo determinado de personas con el fin de promover, proteger y tratar la salud mental y sus problemas.