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LA OBLIGATORIEDAD DEL ESTADO VENEZOLANO EN EL SISTEMA DE FUENTES Y LOS ARGUMENTOS DE LA SALA CONSTITUCIONAL PARA INEJECUTAR LAS SENTENCIAS DE LA CORTE-IDH
La ejecucion de sentencias proferidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos esta en cabeza del Estado condenado, quien tiene la obligacion de ejecutarlas de forma integral; sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha declarado inejecutables algunas sentencias, argumentando la violacion del ordenamiento juridico interno y la vulneracion de la soberania nacional, desconociendo de esta forma las obligaciones que el Estado venezolano como firmante del Tratado asumio al adherirse al mismo