La objecion de conciencia por desarrollo jurisprudencial se considera un derecho fundamental, pero su ejercicio por parte de algunos ciudadanos (como en el caso de los medicos y los jueces) resulta polemico, dadas las caracteristicas que los revisten. Por esto, para algunos debe restringirse al maximo su ejercicio por parte de estos ciudadanos, e incluso negarles la posibilidad del mismo de acuerdo con las funciones publicas que puedan llegar a ejercer. No puede negarse que la objecion de conciencia, como forma de desobediencia al Derecho, resulta un derecho de dificil ejercicio por las mismas caracteristicas y consecuencias que implica, asi como es complejo establecer a que categorias de personas se les puede otorgar un ejercicio absoluto de este derecho, a quienes se les debe otorgar un ejercicio limitado y a quienes negar la posibilidad de ser objetores en conciencia. Tipologia: lectura critica