<p>Las graves violaciones al derecho internacional humanitario ocurridas durante la segunda guerra mun- dial, motivaron a una parte importante de la sociedad internacional a crear la Comisión de Derechos Humanos como órgano subsidiario del Ecosoc, en el seno de las Naciones Unidas. A pesar de los importantes logros que alcanzó esta Comisión en el ejercicio de la función promotora y de protección de los derechos humanos, su fuerte politización, los nuevos retos en la materia y la necesidad de fortalecer institucionalmente el tema, hicieron que ésta Comisión fuera reemplazada a través de la Resolución 60/251 de 2006 de la Asamblea General de la ONU por un Consejo de Derechos Humanos, órgano más represen- tativo, permanente, imparcial , y con mayores responsabilidades en el proceso de atención, evaluación y cumplimiento de las obligaciones en derechos humanos por parte de los Estados miembros.</p><p> </p><p>Para el caso colombiano, la extinta Comisión de Derechos Humanos hacía un seguimiento permanente del conflic- to armado, tarea que será ahora asumida por el nuevo Consejo de Derechos Humanos a quien le corresponderá particularmente hacer el seguimiento a las recomendaciones hechas por la antigua Comisión.</p><p> </p><p>Un elemento innovador que introduce la resolución en comento, es la aplicación del mecanismo de examen periódico universal con el que se pretende evaluar a todos los países miembros sin excepción en el cumplimiento de sus compromisos con los derechos humanos. Sin embargo, y aunque este órgano sin duda se visualiza como una institución más sólida y eficaz, sigue requiriendo para alcanzar sus objetivos y más allá de meros intereses políticos, del compromiso y la buena voluntad de los Estados miembros del Consejo, los gobiernos y demás participantes.</p>